Las cosas de Palacio
van despacio: 18 de noviembre
de 2013 recibo en domicilio un escrito municipal entregado en mano (no
por correo certificado lo que es muy de agradecer pues así nos libramos de tener que ir a la
cola de la oficina si el cartero no nos encuentra de guardia en casa a la hora de reparto).
El documento tiene registro de salida el día 7 de
noviembre (11 días antes) por lo que ha recorrido 500 metros en semana y media.
Fue firmado en 11 de septiembre por lo que anduvo por dentro del ayuntamiento 2
meses y una semana antes de salir y me notifica una Resolución de Alcaldía
tomada el 27 de agosto de 2013.
No está nada mal, casi un mes para firmarlo, dos meses ´más para sacarlo del edificio enviándolo
al destinatario y algo más de una semana para entregarlo en mano, por supuesto con acuse de
recibo firmado. 

Entre
el Alcalde y el convecino hay una distancia de ¡¡¡ 66 días!!! Viviendo ambos a
escasos 500 metros uno del despacho del otro, para notificarme algo que supuestamente me
afecta porque dice que aparezco como interesado en el expediente ¿…?.
Vísteme despacio que tengo prisa:
Siguen dos folios enrevesados de leyes y artículos
por las dos caras que parecen un Vademécum de siglas y números con sus fechas (que si la LRBRL, la ley 29/1998, la
30/1992, la 7/1985, la 19/2003 y la 4/1999…)
Andan llenos de puntos que empiezan por Vista y
Visto- Atendido, para llegar a un Resuelvo
de 7 puntos que resumido en una
octavilla dicen que un Juzgado les abre un procedimiento (269/2013) contra
el Ayuntamiento por una demanda de una Mercantil y por obligación legal de
obedecer al Juzgado se nombra abogado, se remite al juzgado los datos al caso y
se comunica a todos los que figuran en expediente por si desean acudir al
juzgado también.
Lo abracadabrante del caso es que sin saber del tema más
que el número del contencioso se nos da un plazo de ¡¡¡ Nueve días!!! para ir al juzgado si lo desean…Comparado con el ritmo de Notificar que se dan
ellos y estando nosotros a 22 km del juzgado la velocidad que se nos marca es de
pan comido o de con vuestro pan os lo comáis.
Una cuchufleta más, en octubre nos llegaba igual escrito (igualito al pie de letra)
por parecida causa variando Mercantil demandante y nº de procedimiento del
mismo juzgado (es el nº anterior 268/13) que
comunicaba lo mismo de tener que nombrar abogado y no hablo de días de trámite en notificárnoslo
por no hurgar más en chanza sobre cómo nos funciona el patio burocrático. Seguimos
sin saber de que se trata y en que estamos interesados en los dos casos. Tanta argumentación de jurista se olvida de lo principal que es decir de que se trata. Suerte que la destinataria de la notificación, de 90 años, anda más preocupada de las cosas del Juicio Final ( solo una Ley con 10 artículos mandamientos) que de todo el Cuerpo Legislativo terrestre con que se nos ilustra el tema.
A veces me acuerdo de los tiempos en que el
pregonero con un bando en las esquinas resultaba más eficaz para transmitir los “… de orden del Sr. Alcalde,
se hace saber…” Como se coñeaba Cicerón
diciendo del presente: O tempora, o
Mores!


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